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Lista, Ley de Ingresos 2024 para Michoacán

• Son 95 mil 471 millones 978 mil 325 pesos estimados, con un incremento del 4.72% en relación al 2023.

• Contribuyentes accederán a subsidio del 10 por ciento en el refrendo vehicular, durante el mes de enero.

Morelia, Michoacán, a 19 noviembre 2023.- El Pleno del Poder Legislativo aprobó en Sesión Extraordinaria la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán, con una estimación total que asciende a los 95 mil 471 millones 978 mil 325 pesos.

Este presupuesto, en comparación al ejercicio fiscal 2023 -que fue del orden de los 91 mil 167 millones 361 mil 282 pesos- representa un crecimiento real de 4 mil 304 millones 617 mil 043 pesos; es decir, un 4.72 por ciento de incremento en valores nominales.

A la par, las y los legisladores aprobaron incentivar a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales, otorgando un subsidio del 10% a los particulares que acudan a solicitar su refrendo vehicular anual, del día primero al 31 de enero del próximo año.

En materia de Derechos, Productos y Aprovechamientos, se aprobó el incremento de 4.5% en las tarifas, de acuerdo con la inflación promedio estimada para 2024.

En la Ley de Ingresos, las y los legisladores michoacanos definieron la implementación del Programa “Apoyo de Escrituración Social”, a través del Instituto Registral y Catastral del Estado, mismo que tiene como objetivo la Regularización de Asentamientos Humanos, programa que se realizará a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad de Michoacán, el Registro Agrario Nacional y el Instituto Nacional del Suelo Sustentable; uno de los requisitos, es que los beneficiarios no cuenten con vivienda propia.

En esta Ley de Ingresos se incluye por primera vez un impuesto del 3% sobre hospedaje que se oferte o contrate a través de aplicaciones o páginas de internet; así como por los servicios especializados de transporte para personal agrícola, de transporte funerario para traslado de dolientes y restos humanos, de servicios de paquetería exprés y bicicletas colectivas, sin dejar de lado las modalidades ya reguladas como transporte de personal, turístico y bici taxis.

Empresas que prestan servicios de transporte mediante plataformas tecnológicas y aplicaciones digitales; así como empresas que ofrecen sus servicios mediante vehículos particulares y personas operadoras vinculadas a estas, deberán pagar sus derechos correspondientes.

Finalmente, a través del décimo transitorio, se autoriza al Poder Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, a celebrar convenios con los municipios del Estado de Michoacán hasta por un plazo de 24 meses, para que estos últimos puedan liquidar sus adeudos directos y de sus respectivas entidades paramunicipales, de manera solidaria.

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